Artículo 253. La ley determinará lo relativo a la estructura y funcionamiento de la Fiscalía General de la Nación, al ingreso por carrera y al retiro del servicio, a las inhabilidades e incompatibilidades, denominación, calidades, remuneración, prestaciones sociales y régimen disciplinario de los funcionarios y empleados de su dependencia.
Este es el Artículo 253 de la Constitución Política de Colombia. Este artículo está incluido en el Capítulo 6: De la fiscalía general de la nación del Título 8 - De la rama judicial, redactado en 1991 por la Asamblea Nacional Constituyente.
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